El Derecho Administrativo y la Inteligencia Artificial trabajando en equipo.
Autoras: Camila Fabris, Luciana Celeste Jofré Davighi y Ana Martina Orellana Antich.
Quienes deseen realizar una publicación deberán comunicarse a bitacoralegalenaccion@gmail.com
El Derecho Administrativo y la Inteligencia Artificial trabajando en equipo.
Autoras: Camila Fabris, Luciana Celeste Jofré Davighi y Ana Martina Orellana Antich.
Camila Fabris. Nacida en Mendoza, Argentina. 23 años de edad. Realizó los estudios primarios y secundarios en el Colegio María Auxiliadora. Estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo. Se desempeñó como secretaria en el estudio jurídico “Domesi y Asociados” y actualmente trabaja como profesora de Inglés en un Instituto. Dentro de la facultad ejerció el cargo de vicepresidenta del Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho durante el periodo 2022-2023
Contacto: camilafabris21@gmail.com
Luciana Celeste Jofré Davighi. Nacida en Mendoza, Argentina. 22 años de edad. Realizó sus estudios primarios y secundarios en el Instituto Maipú de Educación Integral (I.M.E.I). Estudiante de 5to° año de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo. Ayudante alumna de las cátedras de Derecho Constitucional (Turno Mañana), Derecho del Transporte y Derecho Aeronáutico.
Contacto: lucianacelestejofre@gmail.com
Ana Martina Orellana Antich. 23 años de edad. Realizó sus estudios primarios y secundarios en el Instituto Leonardo Murialdo. Egresada de la Asociación Mendocina de Intercambio Cultural Argentino-Norteamericano (AMICANA). Actualmente se desempeña cómo secretaria en una empresa dedicada a la venta de materiales para la construcción. Estudiante de 5to° año de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo. Ayudante alumna de la cátedra de Derecho Constitucional de la UNCUYO, turno mañana.
Contacto: martiorellana15@gmail.com
A través de la recogida de datos de documentos bibliográficos y científicos, nos adentramos a explorar lo que nos interpele en el mundo de hoy, como es la revolución digital en el Derecho Administrativo. Nuestros principales interrogantes fueron, ¿Cómo afecta la Inteligencia Artificial en la rama Administrativa del Derecho Argentino?, ¿Qué recomendaciones y previsiones jurídicas se pueden hacer para mejorar la regulación y el uso ético de la Inteligencia Artificial en la Administración Pública Argentina? y por último, ¿Qué consecuencias y modificaciones podemos encontrar en la integración del uso de la Inteligencia Artificial en el Derecho Administrativo?
Esta investigación da como resultado a un trabajo en equipo eficiente y armónico, si se ponderan principios y obligaciones, atravesando a quienes se encargan de llevar adelante estas funciones. Como conclusión podemos rescatar que la IA está transformando positivamente el ámbito administrativo del Derecho en Argentina. Esto sugiere que otro paradigma estatal es posible, ofreciendo numerosas ventajas en términos de eficiencia, transparencia y accesibilidad. Entre sus beneficios destacan la eficacia, reducción de tiempos, la minimización de errores, la transparencia en la gestión pública, la asistencia virtual y soporte a abogados y consultores, así como la privacidad y seguridad de datos.
Palabras claves: Inteligencia Artificial, Derecho Administrativo, equipo.
Nuestro tema de investigación, se centra en el estudio, análisis y utilización de la inteligencia artificial, más específicamente, dentro de la rama del Derecho Administrativo. Teniendo en cuenta el contexto contemporáneo y los grandes avances de la tecnología, puntualmente en la inteligencia artificial, que generan un terreno vertiginoso y de indagación constante.
Entendiendo, según el Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Gobierno de España a la inteligencia artificial como “el campo de la informática que se enfoca en crear sistemas que puedan realizar tareas que normalmente requieren inteligencia humana, como el aprendizaje, el razonamiento y la percepción.”
Al indagar en estos temas, entran en juego una serie de interrogantes que generan incertidumbre sobre ciertos cargos y funciones personales, como también expectativas de mayor celeridad y eficiencia dentro del sistema en general.
Dentro de este análisis, no sólo se analiza una posibilidad de exclusión respecto unos de otros, sino que se admite la posibilidad de compartir o trabajar de manera conjunta dentro de la administración o servicio público. Se propone analizar una nueva forma de entender a la cultura, que provoque nuevos modelos de gestión con mayor objetividad, teniendo en miras una erradicación del clientelismo y la corrupción del sistema.
Consideramos, a modo de hipótesis, que ningún extremo será factible, ya que es imprescindible la presencia del ser humano como “ser social” interviniendo, asesorando y mediando entre las partes de un proceso. Es así, que encontraremos un punto medio de “convivencia y coordinación” entre la utilización de la tecnología y la realización de tareas propiamente humanas.
Es una investigación de carácter doctrinario de tipo interpretativa, cualitativa, ya que comienza con la recogida de datos, mediante la observación empírica del Derecho Administrativo argentino. Analizamos documentos bibliográficos, revistas científicas, normativas y clases teóricas de las cuales construimos, a partir de la interacción con la inteligencia artificial, sus categorías y proposiciones teóricas.
Se basa en el constructivismo, que sostiene que el conocimiento se construye a partir de la interacción del investigador con el fenómeno que estudia. En este enfoque, como investigadoras nos situamos como un participante activo en el caso que estudiamos, y el objetivo es comprender la perspectiva de quienes se encuentran en contacto con esta interacción y el significado que otorgan a sus acciones, luego de la utilización de este tipo de herramientas.
Iniciaremos este trabajo recordando bases conceptuales centrales respecto al tema de investigación. Por un lado, según el diccionario de la Real Academia Española (RAE), la Inteligencia Artificial es “La disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que realicen operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico” (Real Academia Española. 2019).
El jurista brasileño Juárez Freitas se ha referido a la inteligencia artificial, como un sistema de máquina cognitivo, adaptable y relativamente autónomo, que procura emular la inteligencia decisoria humana, sin sustituirla, pero con potencial de asistir digitalmente a la toma de decisiones (2023). Ya existen en la práctica jurídica y administrativa global diferentes proyectos de aplicación de inteligencia artificial que revelan tanto su potencial de ventajas como sus peligrosos riesgos.
Y, por otro lado, cuando hablamos del Derecho Administrativo, estamos frente a una rama del Derecho que regula la organización, el funcionamiento y el control de la administración pública, por ende constituye una parte fundamental del sistema legal. Su objetivo principal es la regularización de la administración pública, lo cual implica establecer normas que rigen la actividad administrativa del Estado y de los diversos entes públicos. También organiza las interacciones y los conflictos que surgen entre la administración pública y los particulares, asegurando un equilibrio entre el poder estatal y los derechos individuales. Asimismo, supervisa y controla la legalidad de los actos administrativos, garantizando que se ajusten a todas las leyes nacionales.
El Derecho Administrativo en Argentina es una rama compleja y esencial, que asegura una administración pública eficiente, legal y justa, protegiendo los derechos de los ciudadanos y promoviendo el bienestar general.
Ahora bien, ya repasados estos conceptos y teniendo en cuenta el objetivo de nuestro trabajo, nos parece adecuado citar estas palabras del jurista español Rodríguez Arana Muñoz, el ámbito de las nuevas tecnologías, en el ámbito de la sociedad de la información y ¨…En del conocimiento, tenemos que ser conscientes de que hay que combinar y que hay que trabajar en alianza estratégica con los derechos fundamentales de las personas. La buena Administración pública no puede olvidar que la sociedad del conocimiento ha de mejorar la calidad de la cultura cívica de las personas, pues de lo contrario estaremos desaprovechando una magnífica oportunidad para incidir positivamente en la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos…¨
Este camino sobre la modernización de los procedimientos administrativos mediante la incorporación de las nuevas tecnologías, se transformó en política de estado en Argentina en marzo de 2016 con la sanción del ‘Plan de Modernización del Estado’, a través del Decreto 436/16. El Plan se basó en cinco ejes para lograr la modernización del Sector Público Nacional. El primer eje referido al Plan de Tecnología y Gobierno Digital, el segundo eje a la Gestión Integral de los Recursos Humanos, tercer eje sobre la Gestión por Resultados y Compromisos Públicos, cuarto eje: Gobierno Abierto e Innovación Pública y finalmente el quinto eje, Estrategia País Digital.
De gran importancia se torna el primer eje llamado ‘PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL’. Este buscó, por un lado, crear plataformas (de gestión documental electrónica y documentos electrónicos y de trámites a distancia) y canales digitales de redes de telecomunicaciones, como redes sociales y aplicaciones. Y por otro, generar reportes de datos para contar con información estadística, crear y definir estándares de calidad y servicio para la interoperabilidad e integración de los sistemas de gestión y de infraestructura tecnológica e impulsar la reingeniería de trámites y procesos.
En el marco de este eje, se implementaron diversas plataformas tecnológicas para que la Administración Pública inicie, tramite y finalice los procedimientos administrativos a través de medios informáticos y para que las personas se relacionen con la Administración Pública.
En la relación interna de la Administración Pública, por ejemplo, se creó el sistema de gestión documental electrónica (GDE): una plataforma informática, de uso exclusivo para los agentes de la Administración Pública Nacional, que permite gestionar expedientes electrónicos e integrar la caratulación, numeración, seguimiento y registro de todos los movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional. Mientras que en la relación entre las personas y la Administración Pública podemos observar la Plataforma Digital del Sector Público Nacional: integrada por herramientas y servicios utilizados y/o prestados por organismos del Estado. Por ende, podemos observar, que la modernización del Estado Nacional buscó optimizar la calidad de vida de las personas, la calidad de vida laboral de los trabajadores de la Administración Pública y las estructuras organizativas y procedimientos administrativos.
En noviembre de 2017, a través del Decreto Nacional Nº894/107, se modificó el Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo Nacional. Dentro de las modificaciones, encontramos la incorporación de las nuevas tecnologías. Se estableció que los expedientes administrativos tramitarán por medios electrónicos, la digitalización de documentos, firmas, notificaciones, domicilio y vistas. No obstante, sostuvo que la digitalización es complementaria al soporte papel, ya que aún subsiste la posibilidad de que las personas puedan relacionarse con la Administración Pública en formato papel-presencial. También, estableció que la Administración Pública tiene la obligación de digitalizar de oficio los expedientes en soporte papel y continuar su tramitación como expedientes electrónicos.
También, dentro de los diferentes pasos de nuestro país para una administración pública inteligente, se creó la Agenda Digital Argentina. La misma, establece diferentes objetivos, entre ellos encontramos: como principal. aprovechar las oportunidades digitales; incrementar el desarrollo económico del país mediante el desarrollo digital; desenvolver diferentes competencias en ciberseguridad y aumentar el protagonismo internacional de nuestro país en la fase de transformación digital.
En la actualidad, en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, se ha desarrollado una inteligencia artificial (IA) en el ámbito del Ministerio Público Fiscal, denominada PROMETEA. Esta IA, fue creada en agosto de 2017 con el objetivo de optimizar el servicio de justicia y agilizar los procesos judiciales. Desde su creación, PROMETEA ha sido presentada en diversas instituciones nacionales e internacionales, como la Universidad de Oxford, la Organización de las Naciones Unidas y la Organización Mundial del Comercio, entre otras.
Actualmente, PROMETEA se encuentra en funcionamiento en diversas instituciones de la Ciudad de Buenos Aires y otras provincias del país, como Mendoza, Chaco, Corrientes y Santa Fe. Después de seis años de trabajo ininterrumpido, se puede afirmar que PROMETEA se ha consolidado como una política pública federal en la intersección de la tecnología y el derecho.
PROMETEA se caracteriza por tres aspectos principales:
Posee una interfaz intuitiva y amigable que permite interactuar con el sistema mediante un reconocedor de lenguaje natural.
Funciona como un sistema experto con múltiples funciones, permitiendo automatizar datos y documentos y ofrecer asistencia inteligente.
Utiliza técnicas de aprendizaje automático supervisado y clustering, basadas en etiquetado manual y de máquina con conjuntos de datos de entrenamiento, para realizar predicciones y detecciones en grandes volúmenes de documentación.
PROMETEA es capaz de elaborar informes, segmentar documentación según su contenido, descargar archivos tras buscar información, generar indicadores con gráficos comparativos y proporcionar respuestas automáticas a partir de determinados inputs, entre otras muchas tareas. Según las mediciones generales realizadas en casos reales, PROMETEA ha demostrado que los tiempos de elaboración de tareas pueden reducirse hasta en un 90%, además de minimizar y en algunos casos eliminar el margen de error.
En diciembre del 2020 se realizó un convenio de colaboración entre la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se estableció la promoción y difusión de la inserción de la tecnología y la inteligencia artificial en los procesos judiciales y administrativos, a fines de lograr mejoras sustanciales que impacten en el modo en que se brinda el servicio a la justicia, mediante la cooperación mutua, asistencia técnica y académica.
Esta herramienta de inteligencia artificial permite realizar un proyecto de dictamen de manera íntegra y funciona de dos maneras. Por un lado, como un asistente virtual, mediante la aplicación de inteligencia artificial en la interfaz, y, por el otro, de una manera más compleja, como un asistente predictivo. En ambos casos, "Prometea" ofrece la opción de trabajar con un asistente de voz (tal como lo hace "Siri", de Apple).
Si bien PROMETEA, ha sido utilizado en el ámbito del Poder Judicial, ha sido incorporado a modo de prueba en la administración pública.
La podemos ver en el Registro Civil y de Capacidad de las personas, en el cual fue utilizado para agilizar el proceso de rectificación de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción. Consecuencia de su agilidad, permite crear 3960 documentos en un mes. También, en las contrataciones públicas y en la designación de personal. Conforme a esto, se concluyó que este sistema de IA reduce la cantidad de errores de tipeo en un 99% y permite un control exhaustivo de aspectos formales de los documentos involucrados.
En la provincia de Mendoza, a partir del 12 de diciembre del año 2023, se implementó, en el fuero laboral, el uso de una nueva IA llamada “CONCILIA” la cual permite suscribirse de forma simple, segura y ágil acuerdos en expedientes ordinarios adversariales.
Este proyecto representa un avance significativo al ser el primer desarrollo de Inteligencia Artificial diseñado específicamente para ser aplicado en el ámbito de la justicia y destinado a usuarios externos al sistema judicial. Hasta el momento, todas las soluciones de IA disponibles estaban enfocadas exclusivamente en asistir a los operadores internos del sistema judicial, como jueces, abogados y personal administrativo. Este desarrollo marca un acontecimiento importante al ampliar el acceso a la tecnología avanzada, permitiendo que ciudadanos y partes interesadas externas puedan beneficiarse directamente de estas innovaciones.
Un aspecto adicional de gran relevancia es la integración de la firma biométrica en este sistema de IA. Esta característica permite a los usuarios realizar la totalidad del trámite del expediente de manera remota, utilizando una computadora, una tableta o cualquier otro dispositivo con acceso a internet. La firma biométrica no solo garantiza la seguridad y autenticidad de los documentos, sino que también facilita un proceso más eficiente y accesible, eliminando la necesidad de presencia física en muchas etapas del trámite.
En conjunto, esta iniciativa no solo moderniza el acceso y la administración de la justicia, sino que también simplifica el uso de la tecnología, permitiendo a un mayor número de personas acceder a herramientas avanzadas para la gestión de sus asuntos legales, mejorando la transparencia, la rapidez y la comodidad en los procedimientos judiciales.
Su uso es simple, ya que el profesional ingresa al sistema con su usuario y clave de la MeeD (Mesa de Entradas de Escritos Digitales), busca el tipo de convenio que se quiere presentar, luego se cargan los datos que se piden, se confirman e inmediatamente el sistema envía a las partes y a sus letrados el escrito para ser ratificado mediante una firma electrónica. Otra parte positiva es que cualquiera de las dos partes puede iniciar este trámite.
Los avances informáticos y tecnológicos, se han convertido en un tema de gran interés para diversas ramas de nuestra sociedad. No podemos negar, sus beneficios y cuánto contribuyen al desarrollo de una sociedad en el siglo XXI, ya sea en el ámbito de salud, seguridad, comunicaciones, educación, etcétera.
Un dato reciente realizado por el Banco Interamericano de Desarrollo, traduce que al momento de realizar un trámite en América Latina, toma un tiempo promedio de 5 horas. Esto refleja la deficiencia, falta de respuestas, la exigencia de requisitos múltiples, la necesidad de papeleo que solo puede ser entregado en persona y la falta de claridad con respecto a la información por parte de la Administración Pública.
La tecnología de la información y comunicación y las nuevas tecnologías de vanguardia, desempeñan un rol fundamental en la reducción de la complejidad de los trámites administrativos, al reducir la dimensión tiempo-espacio y permitir, que cualquier persona desde cualquier lugar, pueda realizar un trámite administrativo sin necesidad de comparecer presencialmente.
En el año 2020, nos vimos afectados por una pandemia mundial, que implicó una crisis en la sociedad, que trajo aparejados avances tecnológicos frente a la necesidad de continuar con nuestra cotidianidad, pero sin salir de nuestros hogares. Es así, que comienzan a crecer las tecnologías, a fin de satisfacer las necesidades de una sociedad actual.
Sin embargo, la otra cara de la moneda, implica la posibilidad de efectos dañosos o trágicos que puede generar un mal uso, o la no regulación de este tipo de tecnologías. Es por esto, que el Derecho es quien se encarga de evitar este tipo de efectos que pueden generar un grave daño en la sociedad, a través de instrumentos normativos capaces de disciplinar tanto la conducta humana, y a través de esta, atribuir responsabilidades que deriven de la utilización de la IA, en sus distintas formas.
Considerando el desarrollo de la IA, y su gran influencia, se investigan sus límites y consecuencias dentro de su aplicación en la Administración Pública. La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) emitió Recomendaciones sobre la Ética de la Inteligencia Artificial, entre los cuales Argentina se adhirió como país miembro. Dicha recomendación contiene un conjunto de principios que los transcribimos de manera resumida a continuación:
● Proporcionalidad e inocuidad: Debería reconocerse que las tecnologías de la IA no garantizan necesariamente, por sí mismas, la prosperidad de los seres humanos ni del medio ambiente y los ecosistemas.
● Seguridad y protección: Los daños no deseados (riesgos de seguridad) y las vulnerabilidades a los ataques (riesgos de protección) deberían ser evitados y deberían tenerse en cuenta, prevenirse y eliminarse a lo largo del ciclo de vida de los sistemas de IA para garantizar la seguridad y la protección de los seres humanos, del medio ambiente y de los ecosistemas.
●Equidad y no discriminación: Los actores de la IA deberían promover la diversidad y la inclusión, garantizar la justicia social, salvaguardar la equidad y luchar contra todo tipo de discriminación, de conformidad con el derecho internacional. Los actores de la IA deberían hacer todo lo razonablemente posible por reducir al mínimo y evitar reforzar o perpetuar aplicaciones y resultados discriminatorios o sesgados a lo largo del ciclo de vida de los sistemas de IA, a fin de garantizar la equidad de dichos sistemas.
● Sostenibilidad. Debería llevarse a cabo con pleno conocimiento de las repercusiones de dichas tecnologías en la sostenibilidad la evaluación continua de los efectos humanos, sociales, culturales, económicos y ambientales de las tecnologías de la IA.
● Derecho a la intimidad y protección de datos. Es importante que los datos para los sistemas de IA se recopilen, utilicen, compartan, archiven y supriman de forma consistente con el derecho internacional y acorde a los valores y estos principios enunciados, respetando al mismo tiempo los marcos jurídicos nacionales, regionales e internacionales pertinentes.
●Transparencia y explicabilidad. La transparencia y la explicabilidad de los sistemas de IA suelen ser condiciones previas fundamentales para garantizar el respeto, la protección y la promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y los principios éticos.
De las características que podemos mencionar respecto de los sistemas equipados con la IA, es que tienen un claro carácter mutante. Dada esta mutabilidad e imprevisibilidad, podemos concluir, en que muchos de los resultados que produce, no pueden ser conocidos de antemano, ya que son capaces de crear ecuaciones algorítmicas nuevas y desconocidas por el propio programador, debido a la capacidad de aprender y pensar en forma autónoma.
Los límites que se analizan, se centran en situaciones, que pueden causar daños irreversibles o que requieren el ejercicio de competencias humanas, utilizando la discreción, ya que la IA funciona produciendo decisiones inéditas y desconocidas, que por lo tanto, requieren de una posibilidad de control previo y conocimiento.
Ahora bien, vamos a analizar y desarrollar cómo funcionan estos límites y restricciones teniendo en cuenta los principios rectores del derecho en esta materia.
Una de las medidas que se ha empezado a aplicar en España y en algunos países de Europa ha sido la creación de la Agencia de Supervisión de Inteligencia Artificial, la cual facilita el despliegue responsable del sistema, esto abarca la supervisión, asesoramiento, concientización y formación para las entidades del derecho público, así como también la inspección, comprobación y sanciones correspondientes en la materia.
En Europa otra medida ha puesto en funcionamiento el Centro de Transparencia Algorítmica de la Unión Europea (ECAT), quien reunió expertos para regular su uso y convertirse de este modo en una base internacional de conocimiento para la mayor transparencia asociada a un mal uso de algoritmos. Está de más aclarar que todas estas medidas pueden inspirar y ser de gran ayuda para los países de Latinoamérica.
En nuestro país, encontramos la Disposición 2/2023 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información, que aporta recomendaciones para una Inteligencia Artificial fiable.
En este sentido, el Estado cumple un rol fundamental no sólo promoviendo la investigación y el desarrollo de soluciones de IA que estén diseñadas para atender las necesidades reales de las personas, sino también, garantizando que la IA sea transparente, equitativa y responsable. Esto implica, establecer reglas claras para garantizar que las bondades de cualquier desarrollo tecnológico puedan ser aprovechadas por todos los sectores de la sociedad; para promover la responsabilidad en la recolección y uso de los datos personales, evitar la discriminación algorítmica y gestionar los riesgos del uso de la IA para prevenir perjuicios.
Argentina cuenta con un ecosistema científico y tecnológico dinámico, con probadas capacidades para la innovación, el desarrollo y la producción de soluciones tecnológicas basadas en IA. Es clave generar las condiciones políticas e institucionales para que dichas capacidades se pongan en valor al servicio de una estrategia más amplia que priorice la soberanía tecnológica y permita dar respuesta a los problemas sociales, productivos y medioambientales del país.
A través de esta disposición se procura recopilar y brindar herramientas para quienes llevan adelante proyectos de innovación pública a través de la tecnología, pero específicamente en aquellos que importen el uso de inteligencia artificial. En este sentido, se recomienda adoptar un enfoque multidisciplinar, concibiendo de forma integral las implicancias del uso, adopción, desarrollo e innovación pública a través de la inteligencia artificial.
El manual se encuentra destinado a brindar un marco para la adopción tecnológica de la inteligencia artificial centrada en el ciudadano y sus derechos, concibiendo su aspecto social y estratégico, asegurando un óptimo funcionamiento de la prestación de servicios y un enfoque ético.
Como punto de partida propone para que una persona humana pueda ser jurídicamente responsable sobre las decisiones que tome para realizar una o más acciones, debe existir discernimiento (plenas facultades mentales humanas), intención (pulsión o deseo humano) y libertad (para actuar de manera calculada y premeditada). Por lo tanto, para evitar caer en antropomorfismos que podrían dificultar eventuales regulaciones y/o atribuciones equivocas, resulta importante establecer la concepción de las inteligencias artificiales como artificios, es decir, como tecnología, una cosa, un medio artificial para lograr objetivos humanos pero que no deben confundirse con una persona humana. Es decir, el algoritmo puede ejecutar, pero la decisión debe necesariamente recaer sobre la persona y por lo tanto, también la responsabilidad.
Dado que cada una de las personas integrantes de un equipo diverso y multidisciplinario posee conocimientos variados con experiencias diferentes, resulta recomendable acordar de manera clara el propósito del proyecto o trabajo que se realice mediante la utilización de la IA. En consecuencia, todas y cada una de las personas integrantes deberán conocer, comprender, acordar, y comprometerse a llevar a cabo los siguientes aspectos mínimos:
a. Los principios de diseño, desarrollo, implementación y uso ético de la inteligencia artificial, definidos por la UNESCO.
b. El impacto en la sociedad en general y las necesidades a cubrir en los destinatarios en particular.
c. Los potenciales riesgos evaluados por nivel de impacto y probabilidad de ocurrencia, y los tratamientos definidos para cada uno de ellos.
d. Los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas a utilizar para la trazabilidad y auditoría (ya sea de lo ejecutado por las máquinas y/o lo decidido por las personas).
e. El rol, el alcance de las actividades y distribución de las responsabilidades de cada persona integrante del equipo.
f. La definición y asignación formal de la persona responsable de asegurar la sostenibilidad del proyecto a lo largo del tiempo.
g. El relevamiento y comprensión respecto de los diversos perfiles de personas destinatarias ya sea toda la ciudadanía o parte de ella (contribuyentes, empleados públicos, beneficiarios de seguridad social, estudiantes, pacientes, etc.). Esto incluye, los aspectos que eventualmente podrían dar lugar a distintos sesgos. Se recomienda asimismo que cada uno de estos perfiles están representados por al menos una persona.
h. El relevamiento y comprensión de los alcances, implicancias e impacto de la normativa involucrada.
i. La documentación, registro y socialización de la experiencia para promover buenas prácticas y lecciones aprendidas necesarias para el aprendizaje organizacional y la innovación pública.
La revolución digital ha dado lugar, a través de la incorporación de tecnologías de la información, a una metamorfosis de los principios de buena Administración Pública. El siguiente salto cualitativo, será hacia una Administración 4.0, con la incorporación de tecnología de vanguardia, como es la robótica, la nanotecnología o las tecnologías de cadenas de bloques.
En este contexto, para el cuerpo de abogados/as que conformen a la Administración Pública, es crucial que reciban capacitaciones técnicas y teóricas para poder recibir de manera adecuada a estas tecnologías y sus diversas aplicaciones al procedimiento administrativo en general, o dependiendo su utilización en cada caso en concreto, como puede ser por ejemplo, los contratos administrativos inteligentes o “Smart Contracts”.
El principal objetivo de esto, se centra en lograr una mayor eficiencia y solidez del Estado al servicio de los administrados. No se debe dejar de lado, que esta delegación del procedimiento administrativo en algoritmos, ya sean automatizados o inteligentes, debe hacerse con el debido control y en su medida justa.
Debemos lograr un cuerpo de abogados/as y profesionales del Derecho, con una buena base técnica-teórica y con capacidad de evitar, que quienes se dediquen a esta área del derecho, se desprendan de la inherente obligación humana de administrarnos a nosotros mismos y de ser juzgados por nuestros pares.
Hay que ponderar los beneficios y el potencial de progreso que tiene la aplicación de estos avances tecnológicos, considerando y siendo conscientes del riesgo de delegar decisiones discrecionales o propias del ser humano, a maquinas sin ningun tipo de supervisión o control previo, y así, como dice el autor Guido José Jamer: “evitar caer en la trampa deshumanizante de una sociedad algorítmica (...) cuyas decisiones sociales y económicas trascendentales son tomadas por algoritmos, robots y programas de inteligencia artificial”.
En conclusión, y retomando las preguntas de investigación que hicimos al iniciar este trabajo, damos como resultado que la IA está revolucionando de forma positiva la rama administrativa del Derecho en Argentina, lo que nos permite observar que otro paradigma estatal es posible y ofreciendo numerosas ventajas en términos de eficiencia, transparencia y accesibilidad; tomando en cuenta la eficacia y reducción de tiempo, la minimización de errores, el acceso eficiente a documentos públicos, transparencia en gestión pública, asistencia virtual y soporte a abogados y consultores, privacidad, seguridad de datos, transparencia en el uso de algoritmos, evitando sesgos y discriminación.
Aun así, para evitar que esta revolución tecnológica, dé resultados negativos y perjudiciales para nuestra sociedad, debemos ser conscientes de nuestras funciones como buenos profesionales, ciudadanos y seres humanos. Debemos evitar desligarnos de conductas que nos deben ser propias por nuestra discrecionalidad y capacidad de razonar, que nos permiten realizar una supervisión y controles previos y eficientes, a fin de poder trabajar en equipo con estas nuevas herramientas tecnológicas.
Corvalán, J. G., (2018). Inteligencia artificial: retos, desafíos y oportunidades - Prometea: la primera inteligencia artificial de Latinoamérica al servicio de la Justicia. Revista de Investigações Constitucionais, 5(1), 295-316. https://doi.org/10.5380/rinc.v5i1.55334
Disposición 2/2023, [Jefatura de Gabinete de Ministros, Subsecretaría de Tecnologías de la Información] Por la cual se establecen recomendaciones para una Inteligencia Artificial fiable. 06 de febrero de 2023. https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/disposici%C3%B3n-2-2023-384656/texto
Errepar (2023) El desafío de legislar la inteligencia artificial en Argentina. https://documento.errepar.com/actualidad/el-desafio-de-legislar-inteligencia-artificial- argentina
Filgueiras Junior, M. V. (2023) Inteligencia Artificial en la Administración Pública: La interpretación legal a la luz del principio precautorio y democrático. Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado. pp. 257-280 https://revistaecae.ptn.gob.ar/index.php/revistaecae/article/download/236/217/555
Guido, J. J. (2023) Inevitable Osadía: Hacia una inminente incorporación de la tecnología blockchain, la lógica de Smart Contracts e inteligencia artificial al derecho administrativo argentino. Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado. pp. 288-305. https://revistaecae.ptn.gob.ar/index.php/revistaecae/article/download/270/236/632
Ministerio Público Fiscal (2020). Innovación e inteligencia artificial. https://mpfciudad.gob.ar/institucional/2020-03-09-21-42-38-innovacion-e-inteligencia-artificial
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Gobierno de España. (2023) Qué es la Inteligencia Artificial. https://planderecuperacion.gob.es/noticias/que-es-inteligencia-artificial-ia-prtr
Revista Garrigues (2023). Los riesgos legales de la implementación de la inteligencia artificial, desde todos los ángulos del derecho de los negocios. https://www.garrigues.com/es_ES/garrigues-digital/riesgos-legales-implantacion-real-inteligencia-artificial-todos-angulos-derecho
Rigo, R. E., (2019). Ramió, Carles: Inteligencia Artificial y Administración Pública: Robots y humanos compartiendo el servicio público. Gestión y Análisis de Políticas Públicas, (22), 140-144. https://doi.org/10.24965/gapp.i22.10666
Stringhini, A., (2018). Administración Pública Inteligente: novedades al ecosistema normativo digital de la República Argentina. Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo, 5 (2) https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=655969804003