Crítica jurídica a la gestión del conflicto étnico U'wa bajo la óptica del pluralismo jurídico
Autor: Paulo César Álzate Gómez
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Crítica jurídica a la gestión del conflicto étnico U'wa bajo la óptica del pluralismo jurídico
Autor: Paulo César Álzate Gómez
Paulo César Álzate Gómez. Abogado especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos-DDHH egresado de la Universidad de Manizales, me encuentro en la fase de finalización de la Maestría en Derecho Constitucional y Política Legislativa en esta misma Institución Educativa. Con más de tres años de experiencia profesional en el ámbito del derecho público y la rama ejecutiva colombiana, ocupando cargos trascendentales como Comisario de Familia en la ciudad Manizales, Caldas, además de ser asesor jurídico de entidades de orden nacional y territorial.
Contacto: paualzate8@gmail.com
En primer lugar, es pertinente enfatizar en que el conflicto entre el pueblo indígena U'wa y la empresa Occidental Petroleum (Oxy), con la intervención del Estado colombiano, representa un caso paradigmático para el estudio del pluralismo jurídico en América Latina. Pues la última actuación en este proceso como lo es la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2024, que declara al Estado responsable de vulnerar los derechos de esta comunidad, no es solo un fallo, sino una crítica contundente a la incapacidad del modelo estatal monista para gestionar conflictos que surgen del choque de cosmovisiones y ordenamientos jurídicos.
Por lo anterior, la presente critica, desde una perspectiva de pluralismo jurídico, analiza la gestión de este conflicto, argumentando que la última actuación no provino del derecho estatal, sino de un ordenamiento jurídico internacional que validó la autonomía y la cosmovisión U'wa como una fuente de derecho tan legítima como la del Estado. Es por esto que la presente crítica con fines académicos del presente módulo se llevará a cabalidad así:
En concordancia con el material de estudio proporcionado para el presente módulo podemos establecer que el conflicto del pueblo U'wa con la multinacional Oxy y el Estado colombiano es el reflejo de la tensión inherente entre el monismo jurídico y el pluralismo jurídico. El monismo jurídico es una concepción de la legalidad que se ampara en la idea de que existe un solo sistema jurídico y político centralizado y jerarquizado por el Estado. Este enfoque defiende la primacía del derecho estatal sobre cualquier otro sistema, basándose en la noción de que el Estado tiene el monopolio del poder legal. Para el monismo, la pluralidad de soberanos y ordenamientos jurídicos generaría "confusión, desorden y conflicto".
El conflicto se origina en la concepción íntegramente opuesta del territorio. Para el Estado colombiano, el subsuelo y sus recursos son propiedad de la Nación y su explotación se regula por el derecho estatal. Por su parte, la cosmovisión U'wa, regida por su propia ley de origen, considera que el petróleo es la "sangre de la Tierra" y que su extracción significaría la muerte de su territorio y su cultura. Esta concepción ancestral es un ejemplo de un sistema jurídico que produce normas propias, dotadas de fuerza coercitiva al interior de la comunidad, las cuales contienen "normas y principios propios producto de su cosmovisión". El Estado, desde su visión monista, no reconoce la validez de este ordenamiento jurídico, lo que permite determinar que su concepción es como si su ley fuera la única fuente de poder y decisión, lo cual se traduce en un colonialismo jurídico.
De acuerdo con la información obtenido para realizar la infografía contenida en el desarrollo de la presente actividad, fue posible estipular que la primera actuación jurídica significativa del Estado colombiano fue a través de su máximo tribunal constitucional, pues la Sentencia SU-039 de 1997 de la Corte Constitucional colombiana representó un avance sin precedentes para la época. Al proteger los derechos de la comunidad U'wa, la Corte reconoció formalmente la existencia de otros sistemas jurídicos paralelos al Estado, los cuales pueden surgir por "formas jurídicas culturales". El fallo ordenó la suspensión de exploratorias y la realización de una consulta previa, reconociendo la diversidad étnica y cultural como un principio constitucional.
No obstante, desde la óptica del pluralismo jurídico radical, esta sentencia solo representó una inclusión incompleta, una suerte de "multiculturalismo estático". Si bien el fallo validó la necesidad de la consulta previa y el respeto por la cultura U'wa, no cuestionó de fondo la soberanía estatal sobre el subsuelo. El Estado, a través de su poder judicial, decidió hasta qué punto y de qué manera se reconocería el derecho indígena, manteniendo el monismo como el sistema dominante. La Corte no se despojó del "monopolio" del poder legal, sino que lo reconfiguró para adecuar la diversidad sin ceder su autoridad final sobre la tierra y los recursos. Este enfoque, si bien innovador, perpetuó una asimetría de poder donde la legitimidad del derecho U'wa seguía subordinada a la validación del derecho estatal, siendo esto un punto clave y trascendental para la presente crítica.
El fracaso de la solución interna, con el retiro de la petrolera y la ampliación del resguardo, se mantuvo por muchos años, pero las demandas U'wa contra el Estado colombiano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no cesaron. Ante el incumplimiento estatal de las recomendaciones y la falta de una reparación integral, el caso fue remitido a la Corte IDH. Este paso es una prueba fehaciente de que el derecho interno, incluso con sus avances constitucionales, fue insuficiente para resolver el conflicto de manera justa, demostrando con este argumento y des la óptica del pluralismo jurídico, que este es fundamental para la llevar a cabalidad una solución integral y garantista en casos como el ya referenciado de los U´wa y similares a este.
La decisión de la Corte IDH, marca un hito en la materia, debido a que al declarar al Estado colombiano responsable por la violación de los derechos del pueblo U'wa, el tribunal interamericano realizó una crítica jurídica radical a la gestión del conflicto. La Corte IDH no solo se basó en el incumplimiento de la consulta previa, sino que se adentró en la esencia del conflicto, reconociendo que las acciones estatales y corporativas vulneraron los derechos fundamentales del pueblo U'wa, incluyendo su derecho a la integridad cultural, a la propiedad colectiva sobre sus tierras ancestrales y al respeto por su cosmovisión.
Las medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH son un reflejo directo de la aplicación del pluralismo jurídico. Pues se le exige al Estado:
El saneamiento integral del Resguardo Unido U'wa y el Resguardo Kuita.
La aclaración de los títulos coloniales para brindar seguridad jurídica al territorio.
Garantizar la participación de la Nación U'wa en la administración y conservación del Parque Nacional Natural El Cocuy.
La difusión de la sentencia en las comunidades U'wa.
La creación de un fondo de desarrollo comunitario para la recuperación de la cultura indígena.
Estas órdenes no son meros procedimientos administrativos, es la imposición de una gobernanza policéntrica, pues La Corte IDH le indica al Estado que no puede ser el único actor, sino que debe colaborar y coordinar acciones con la comunidad U'wa, reconociendo su autoridad y su sistema normativo. El fallo de la Corte IDH representa, en su esencia, una superación de la gobernabilidad tradicional y una imposición de la buena gobernanza, que promueve el respeto por los derechos y la equidad en la toma de decisiones, todo esto desde la conceptualización del pluralismo jurídico.
Ahora bien, como intervención final de la presente critica, es imperativo enfatizar en que el caso del pueblo U'wa es un claro ejemplo de la lucha por el reconocimiento que, implica luchas por la representación y la redistribución. El Estado colombiano, pese a los avances en nuestra Constitución de 1991, falló en la gestión de este conflicto al no despojarse por completo de su visión monista. Pues, La primera respuesta judicial, aunque progresista, fue un intento de acomodar el derecho indígena sin ceder la autoridad final del Estado como lo referenciamos previamente.
Fue necesaria la intervención de un tribunal internacional para que se reconociera la plena legitimidad del sistema jurídico del pueblo U'wa. La decisión de la Corte IDH de 2024 no es solo una sanción al Estado, sino una lección de pluralismo jurídico, toda vez que demuestra que el derecho no proviene única y exclusivamente del Estado, y que la coexistencia de múltiples sistemas jurídicos requiere un diálogo de iguales, no la subordinación de uno al otro. Este fallo es una reivindicación de la autonomía y la autodeterminación indígena, además, de un llamado de atención a los Estados para que superen el monismo jurídico y den eficacia material a los principios de pluralismo que, en muchos casos, solo han quedado como una ideología jurídica.
Es así, como la gestión de este conflicto, que se prolongó por décadas, revela que la violencia institucional, el desconocimiento de la cosmovisión del otro, y la subordinación de sus derechos por intereses propios del modelo económico neoliberal son una realidad en el contexto latinoamericano. La decisión de la Corte IDH es, por tanto, una victoria no solo para los U'wa, sino para todos los pueblos indígenas que persisten en su lucha el respeto de su propia ley y su cultura, aclarando que, aunque exista un fallo favorable aún queda una gran batalla contra el Estado colombiano por el reconocimiento de esta decisión.
Arévalo, F. (2010). El pluralismo jurídico en Colombia: un enfoque sociológico. Universidad del Rosario.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2024). Caso Pueblo Indígena U'wa y sus miembros vs. Colombia. Sentencia de 20 de diciembre de 2024 (Fondo, Reparaciones y Costas). https://earthrights.org/case/nacion-uwa-contra-estado-colombia/
Corte Constitucional de Colombia. (1997). Sentencia SU-039. Magistrado Ponente: Antonio Barrera Carbonell.
Cuervo Escobar, L. (2025). Módulo de Pluralismo Jurídico y Gobernanza. Universidad de Manizales.
Sánchez, M. (s.f.). ONGs, indios y petróleo: El caso U'wa a través de los mapas del territorio en disputa. Estudios de caso sobre conflictos territoriales. https://journals.openedition.org/bifea/6398?lang=en
Weber, M. (2002). Economía y sociedad. Fondo de Cultura Económica.